domingo, 14 de abril de 2013

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. TRABAJO EN ALTURAS



A un empleado le pueden ocurrir un sinnúmero de accidentes pero no todos se pueden clasificar como accidente de trabajo.
Esta diferenciación e identificación son importantes porque de ello depende quien atenderá el percance, puesto que si se trata de un accidente de trabajo, la atención y el pago de incapacidades está a cargo de la administradora de riesgos profesionales [ARP] a la que esté afiliada la empresa, y si no se trata de un accidente de trabajo, la atención y el pago de incapacidades le compete a las empresa prestadora de salud [EPS] a la que esté afiliado el trabajador.
Un accidente de trabajo, es aquel accidente que tiene relación con el desarrollo de las actividades laborales del empelado. Es aquel accidente que ha sucedido mientras el trabajador desarrollaba una actividad laboral.
Es un accidente de trabajo por ejemplo cuando un empleado sufre una caída mientras baja una mercancía de un estante de la empresa. Es también un accidente de trabajo cuando el trabajador es enviado a consignar un dinero en el banco y en el camino sufre algún accidente. En este caso, aunque estuviera fuera de las instalaciones de la empresa, estaba desarrollando una actividad propia de sus funciones, y mientras el accidente se sufra mientras se labora, no importa donde suceda el accidente, será un accidente relacionado con una actividad laboral.
No es un accidente de trabajo si el empleado se accidenta en su hora de descanso para tomar el almuerzo, a pesar de que esté en las instalaciones de la empresa. En este caso, el accidente no obedece al desarrollo de una actividad laboral, sino que ocurrió mientras el trabajador estaba fuera de su jornada laboral y estaba en su hora libre, por lo que resulta imposible relacionarlo con una actividad propia del trabajo, aún si se encontraba en las instalaciones de la empresa.
En resumen podemos decir que un accidente se considera de trabajo siempre que tenga relación directa o indirecta con el desarrollo de una actividad o misión laboral.

jueves, 4 de abril de 2013

CLOCK MI

LA VIDA DESDE OTRO ANGULO






¿Te está faltando la alegría de vivir? Conocer la importancia que tiene la relajación, y saber cómo relajarse, es vital para asegurar tu salud y tu bienestar, así como la recuperación de la pasión y de la alegría en tu vida. Tu salud es responsabilidad tuya. Permitiendo que los momentos estresantes de tu vida, afecten negativamente, terminarán por hacer que te sientas depresivo en las actividades cotidianas y, en casos puntuales, podrían conducir a la enfermedad.
Aprender a relajarse es fundamental para el equilibrio de una vida saludable y para el respeto a uno mismo. En este artículo, aprenderás algunas técnicas esenciales para relajarse, y es de esperar que también para que intentes incluir la relajación como una parte permanente de tu estilo de vida.

miércoles, 3 de abril de 2013

PROMOCION DE LA SALUD Y PREVENCION DE LA ENFERMEDAD

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martes, 2 de abril de 2013

QUE ES LA SALUD OCUPACIONAL. PRESENTACION EN POWER POINT

LO QUE HE APRENDIDO Y COMO ME HE SENTIDO

La materia Gestión Básica de la Información, me parece muy importante, me he sentido bien en las clases , aunque al comienzo cuando nos dieron la metodología de trabajo me impacte porque me pareció super complicado,hasta llegue a pensar que como se iban a lograr los objetivos propuestos sin nada de teoría.
cuando el profesor nos me envió las actividades al correo, lo vi tan difícil que volví y cerré la pagina. al día siguiente me dije ami misma pues tengo que hacerlo buscare la forma. Tranquilizadamente hice mi análisis busque las paginas de apoyo y comencé  a realizar mis trabajos; gracias a esta metodología  he adquirido muy buenos conocimientos que me han acrecentado mis saberes previos. La metodología de trabajo me parece muy buena, porque por medio de la practica,  se aprende mas y las dudas se resuelven utilizando medios como  la investigación y la consulta. La materia es muy buena y muy importante ya que en la actualidad la web es la que manda para todo tipo de actividad. me gusto mucho y doy gracias a Dios por los conocimientos tan valiosos adquiridos. Gracias al profesor y a la investigacion.

PAUSAS ACTIVAS



Es una actividad física realizada en un breve espacio de tiempo en la jornada laboral, orientada a que las personas recuperen energías para un desempeño eficiente de trabajo, a través, de ejercicios que compensen las tareas desempeñadas, revirtiendo de esta manera la fatiga muscular y el cansancio generado por el trabajo. Se realiza directamente en el puesto de trabajo y es adaptable a cualquier espacio.
Ventajas de las Pausas Activas
  • Rompe la rutina del trabajo y por lo tanto reactiva a la persona, física e intelectualmente de manera que su estado de alerta mejora y puede estar más atento a los riesgos en su trabajo.
  • Relaja  los segmentos corporales más exigidos en el trabajo y re activar los subutilizados.
  • Afecta positivamente la relación entre los compañeros de trabajo, al participar en conjunto en una actividad fuera de lo común y  recreativa.
  • Previene lesiones osteomusculares especialmente al inicio de la jornada laboral.
Objetivos a lograr
  1. Crear conciencia respecto a que la salud (auto – cuidado).
  2. Prevenir desordenes psicofísicos causados por la fatiga física y mental.
  3. Evitar la monotonía durante la jornada laboral.
Los ejercicios a realizar en las Pausas Activas se realizan una o dos veces al día durante el turno de ocho horas laborales con una duración entre 12 a 15 minutos. Esta pausa se realiza con y sin música según se cree el ambiente laboral, ademas la duración de la misma va a depender de las condiciones del clima fundamentalmente.

ACCIDENTES LABORALES







Un accidente laboral es un hecho condicionado por múltiples causas. En la producción del accidente laboral pueden concurrir condiciones mecánicas o físicas inseguras como también actos inseguros de las personas.
Las variables asociadas con causalidad de los accidentes de trabajo hacen alusión a edad, género (mayor en hombres), tipo de personalidad (trabajadores agresivos, compulsivos, dominantes y apresurados), experiencia, calificación profesional, enfermedades preexistentes (artrosis, enfermedad osteo­muscular, enfermedad vascular, diabetes con sus complicaciones, anomalías congénitas o deformidades) y consumo de medicamentos (efectos secundarios de antihistamínicos, algunos antibióticos, benzodiacepinas, antidepresivos tricíclicos, narcóticos, insulina, hipoglicemiantes orales y diuréticos), consumo de alcohol y sustancias psicoactivas. Se adicionan tipo y sitio de trabajo, turnos y horarios de trabajo.
También se asocian la actividad económica de la empresa, tamaño de la empresa, exposición simultanea a otros agresores (ruido, temperaturas extremas, etc.), programas de educación sobre seguridad industrial, uso de elementos de protección personal, programas de prevención, sistemas de compensación laboral, sistemas de contratación y actitud y desempeño de jefes y supervisores. Ocasionan para las empresas costos directos (gastos médicos, daño a instalaciones o equipos, pérdida de materia prima, pérdida de mercado) y costos indirectos.

RESOLUCION 4502 DE 2012


NUEVA REGLAMENTACION EXPEDICION LICENCIAS SALUD OCUPACIONAL

RESOLUCION 4502 de 2012
(Diciembre 28)
  
El pasado 28 de Diciembre el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 4502 de 2012,  “Por medio de la cual se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones”. De acuerdo con la anterior Resolución, la expedición de las licencias no tiene costo alguno para el peticionario y deberán tramitarse ante las Secretarías Seccionales y Distritales de Salud.

POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL





El cuidado de la Seguridad y Salud Ocupacional de todas las personas que trabajan en la 

empresa o están dentro de sus instalaciones es un valor primordial.
Para ello promovemos un proceso de mejora continua aplicando los siguientes principios:
Todas las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo pueden y deben ser prevenidas
Seguridad y Salud Ocupacional deben estar integrados en todos los procesos de la empresa.
Ninguna situación de emergencia, producción o resultados puede justificar la desatención de la seguridad 
o salud ocupacional de las personas.
El compromiso y la capacitación de todo el personal son esenciales.
Trabajar de manera segura es una condición de empleo.
Todas las personas tienen la responsabilidad de cuidar su seguridad y la de los otros.
En cada empresa todos son responsables de la Seguridad y Salud Ocupacional:
La empresa proporcionando los medios y recursos para que las actividades puedan ser ejecutadas de manera 
segura, apuntando a preservar la integridad física y salud ocupacional de las personas.
Los mandos como principales responsables por la Seguridad y Salud Ocupacional de todas las personas que 
trabajan o están en su área.
Los demás trabajadores, cumpliendo con las normas e indicaciones, trabajando en conjunto con sus mandos 
en la detección, contención y solución de situaciones inseguras.
Las empresas contratistas, obligándose a cumplir y a hacer cumplir a su personal el Reglamento de Seguridad 
vigente en las instalaciones donde prestaran servicios.
Las personas que ingresan a las instalaciones, cumpliendo el Reglamento de Seguridad aplicable.
El personal de Seguridad e Higiene actuando de manera preventiva, apoyando, asesorando y auditando.

NORMATIVIDAD DE LA SALUD OCUPACIONAL


Leyes Salud Ocupacional en Colombia


  • LEY 100 
  • DE 1993 En la que se establece la estructura de la seguridad social en Colombia la cual está conformada por tres componentes que son El Régimen de Pensión, Atención  en Salud y el Sistema General de Riesgos Laborales.
  • LEY 9 DE 1979 Marco Legal de la Salud Ocupacional en Colombia Titulo III  y se dictan medidas sanitarias.
  • LEY 82 DE 1988 Aprobación  del convenio 159 de la OIT sobre la readaptación profesional y el empleo para personas inválidas.
  • LEY 50 DE 1990  Introducción a  reformas del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones.
  • LEY 40 DE 1993 Por la cual se adopta el estatuto nacional contra el secuestro y se dictan otras disposiciones. ART. 25 Sanciones a las empresas nacionales o extranjeras
  • LEY 52 DE 1993 Aprobación del Convenio 167 de la OIT sobre seguridad y salud en la construcción.
  • LEY 55 DE 1993 Aprobación del convenio 170 de la OIT sobre los productos químicos.
  • LEY 181 DE 1995 Disposiciones para el fomento del deporte, la recreación , el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física y se crea el Sistema Nacional de Deporte. ART. 23 Las empresas con más de 50 trabajadores programarán eventos deportivos, de recreación, culturales y de capacitación directamente, a través de las cajas de compensación familiar o mediante convenio con entidades especializadas.
  • LEY 320 DE 1996 Aprobación del convenio 174 de la OIT sobres la prevención de accidentes industriales mayores y la recomendación 181 sobre prevención.
  • LEY 378 DE 1997 Aprueba el Convenio 161 de la OIT sobre los servicios de salud en el trabajo.
  • LEY 430 DE 1998 Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones
  • LEY 436 DE 1998 Aprobación  del Convenio 162 de la OIT sobre el asbesto, 1986
  • LEY 685 DE 2001   Código de Minas  Comentario: Modificada por la Ley 1382 de 2010
  • LEY 704 DE 2001 Aprobación  del Convenio 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores forma de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación , 1999
  • LEY 717 DE 2001 Establece términos para reconocimiento pensiones de sobrevivientes y se dictan otras disposiciones.
  • LEY 755 DE 2002  Se modifica el parágrafo del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo. Comentario: Ley María. (Descanso remunerado en la época del parto)
  • LEY 776 DE 2002 Organización, administración y prestaciones en el Sistema General de Riesgos Profesionales.
  • LEY 789 DE 2002 Se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo. ART. 50: Control a la evasión.
  • LEY 797 DE 2003 Se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los regímenes pensionales exceptuados y especiales.ARTS. 3, 4, 13
  • LEY 828 DE 2003  Normas para el control a la evasión del Sistema de Seguridad Social.
  • LEY 860 de 2003 Se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100/93
  • LEY 931 DE 2004 Derecho al trabajo en condiciones de igualdad en razón de la edad. Comentario: ART. 2º: PROHIBE exigir a los aspirantes a ocupar un cargo o ejercer un trabajo, cumplir con un rango de edad determinado para ser tenido en cuenta en la decisión que defina la aprobación de su aspiración laboral. Ver Ley 1436 de 2011.
  • LEY 962 DE 2005 Supresión de trámites. Comentario: El Capítulo VII está dedicado al sector de la Protección Social.
  • LEY 986 DE 2005 Protección a las víctimas del secuestro y sus familias, Comentario: Art. 15: obliga al empleador a pagar los salarios y prestaciones de la persona secuestrada hasta cuando se cumplan las condiciones señaladas en dicho artículo (libertad, muerte, etc). El art. 17 garantiza al secuestrado y a su familia la protección en salud
  • LEY 995 DE 2005 Pago proporcional de vacaciones por el tiempo faltante a la terminación del contrato
  • LEY 1010 DE 2006 Medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral Comentario: Toda empresa debe conformar un Comité de Convivencia Laboral. Ver: Resolución 652 de 2012, modificada por la Res. 1356 de 2012.
  • LEY 1151 DE 2007 Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2010 Comentario: Art. 40 vinculación laboral inferior a un mes (Artículo reglamentado por el Decreto 2060 de 2008)
  • LEY 1164 DE 2007 Disposiciones en materia de talento humano
  • LEY 1204 DE 2008 Modifica Ley 44 de 1980 Comentario: Procedimiento de traspaso y pago oportuno de las sustituciones pensionales)
  • LEY 1209 DE 2008 Seguridad en piscinas
  • LEY 1221 DE  2008 Promoción y regulación del teletrabajo Comentario: Reglamentada por el Decreto 0844 de 2012
  • LEY 1223 DE 2008 Adiciona régimen de pensión de vejez por exposición a alto riesgo a que se refiere la Ley 860 de 2003 para algunos servidores públicos del CTI
  • LEY 1225 DE 2008 Funcionamiento y operación parques de diversiones Comentario: Reglamentada Res. 0958/10
  • LEY 1250 DE 2008 Por la cual se adiciona un inciso al artículo 204 de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 10 de la Ley 1122 de 2007 y un parágrafo al artículo 19 de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 6º de la Ley 797 de 2003. Comentario: Se disminuye al 12% el monto de la cotización de las personas pensionadas, al Sistema de Salud. Igualmente, se establece que aquellos trabajadores independientes que devenguen mensualmente, una suma igual o inferior a un salario mínimo mensual, no están obligadas a cotizar a Pensiones.
  • LEY 1280 DE 2009 Licencia por luto
  • LEY 1335 DE 2009 Prevención del consumo del tabaco. ART. 18, 19, 20 Concordancia: Decreto 1108 de 1994, arts. 38 a 40.
  •  LEY 1355 DE 2009 Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a ésta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención. Comentario: El artículo 20 de esta Ley declara el 24 de Septiembre como el Dia Nacional de Lucha contra la Obesidad y el Sobrepeso y su correspondiente semana como la semana de hábitos de vida saludable.
  • LEY 1356 DE 2009 Por medio de la cual se expide la Ley de Seguridad en Eventos Deportivos
  • LEY 1393 DE 2010 Por la cual se definen rentas de destinación específica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasión y elusión de aportes a la salud, se re direccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones. Comentario: Los artículos 26 a 33 de esta Ley tratan sobre los aportes a la Seguridad Social. El artículo 33 es claro al señalar que para afiliar a un trabajador, contratista o a cualquier persona obligada a cotizar al Sistema de Riesgos Profesionales debe demostrarse que se encuentra cotizando a los Sistemas Generales de Seguridad Social en Salud y de Pensiones. Reglamentada por el Dec. 2526/10
  • LEY 1414 DE 2010 “Por la cual se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia, se dictan los principios y lineamientos para su atención integral Comentario: Artículos 13, 14 Parágrafo 1º y 20. Es obligación del empleador facilitar el acceso al trabajo de las personas con epilepsia. El parágrafo del artículo 14 de la Ley 1414 de 2010 establece que el Programa de Salud Ocupacional debe incluir actividades dirigidas a los trabajadores en general y específicamente a las personas con epilepsia, para garantizar la salud, la higiene y la seguridad durante las actividades que estos desempeñen.
  • LEY 1429 DE 2010 Por la cual se expide la Ley de formalización y generación de empleo Comentario: El artículo 65 de esta Ley, en su párrafo 2º suprime la obligación del empleador de inscribir el COPASO (o Vigía Ocupacional según el caso) ante el Ministerio de la Protección Social.
  • LEY 1438 DE 2011 Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones ART. 123: Control a los deberes de los empleadores y otras personas obligadas a cotizar. ART. 139: Deberes y obligaciones de los usuarios del Sistema de Seguridad Social en Salud
  • LEY 1468 de 2011 Amplía la duración de la licencia de maternidad a 14 semanas (98 días). La licencia se hace extensiva para la madre adoptante, al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente. Madre de hijos prematuros: se “tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término”, las cuales serán sumadas a las 14 semanas que se establecen en dicha Ley Tratándose de madres con parto múltiple, se tendrá en cuenta lo establecido sobre niños prematuros, ampliando la licencia en dos (2) semanas más. Si la madre muere antes de terminar la licencia por maternidad, el empleador del padre del niño le concederá una licencia de duración equivalente al tiempo que faltare para expirar el período de la licencia posterior al parto concedida a la madre.
  • El empleador debe conceder la licencia de maternidad en forma oportuna a la trabajadora en estado de embarazo, de tal forma que empiece a disfrutarla de manera obligatoria una (1) o dos (2) semanas antes de la fecha probable del parto.
  • LEY 1496 DE 2011 Igualdad de salarios hombres y mujeres cuando ocupen los mismos cargos. Los empleadores del sector público y privado no podrán realizar actos discriminatorios en contra de las mujeres en materia de retribución laboral. Las empresas, tendrán la obligación de llevar un registro de perfil y asignación de cargos por sexo, funciones y remuneración, discriminando clase o tipo y forma contractual, cuyo incumplimiento generará multas de hasta ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes, fijada por el Ministerio del Trabajo. Además se implementarán auditorías a las empresas de manera aleatoria que permitan verificar las prácticas de la empresa en materia de igualdad salarial o de remuneración.
  • LEY 1502 DE 2011 Por la cual se promueve la cultura en Seguridad Social en Colombia, se establece la semana de la Seguridad Social, se implementa la jornada nacional de la Seguridad Social y se dictan otras disposiciones Comentario: Las autoridades públicas, las organizaciones empresariales y de trabajadores, las organizaciones solidarias, las operadoras del sistema de protección social y las comunidades educativas deberán ejecutar acciones orientadas a la apropiación en el país de una cultura previsional y de seguridad social (art. 1º) Se declara como la “Semana de la Seguridad Social” la última semana del mes de Abril de cada año.
  • LEY 1503 DE 2011 Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y se dictan otras disposiciones Comentario: Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores, debe diseñar el Plan estratégico de Seguridad Vial (arts. 12 a 14)
  • LEY 1505 DE 2012 Por medio de la cual se crea el Sub-Sistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta y se otorgan estímulos a los voluntarios de la Defensa Civil, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y de la Cruz Roja Colombiana y se dictan otras disposiciones en materia de voluntariado en primera respuesta
  • LEY 1523 DE 2012 Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones.
  • LEY 1562 DE 2012 Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
  • LEY 1566 DE 2012 Por la cual se dictan normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional “Entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas”.

LA SALUD OCUPACIONAL COMO FACTOR INDISPENSABLE EN LAS EMPRESAS

IMPORTANCIA DE LA SALUD OCUPACIONAL

Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos materiales y financieros.

Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.

La calidad de vida de la población trabajadora y la tranquilidad de todas las familias al saber que sus seres queridos regresarán sanos y salvos a sus hogares después de la jornada laboral, es una buena excusa para que los empresarios y trabajadores se comprometan a generar un cultura de prevención y a implementar programas en salud ocupacional, los cuales consisten en la planeación y ejecución de actividades de medicina, seguridad e higiene industrial, que tienen como objetivo mantener y mejorar la salud de sus trabajadores. 

Cuando una empresa desarrolla su Programa de Salud Ocupacional, logra beneficios como: Se mejora la calidad del ambiente laboral, se logra mayor satisfacción en el personal y en consecuencia, se mejora también la productividad y la calidad de los productos y servicios. Adicionalmente, y si se mira desde un punto de vista para el desarrollo económico del país y competitividad de las empresas, se puede ver cómo la no implementación de los programas en salud ocupacional trae costos innecesarios y que al incurrir en ellos repercuten notoriamente en la productividad de las empresas.

QUE ES LA SALUD OCUPACIONAL




 La Salud Ocupacional se encarga de la protección, conservación y mejoramiento de la salud de las personas en su entorno laboral, contra los riesgos relacionados con agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, orgánicos, sustancias peligrosas para el organismo y otros que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo.
Todos los trabajadores están obligados a cumplir con las normas y reglamentos de higiene y seguridad que se establezcan.



En qué consiste un programa de salud ocupacional?



Consiste en la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de todas aquellas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
El principal objetivo de un programa de Salud Ocupacional es proveer de seguridad, protección y atención a los  en el desempeño de su trabajo.
El incremento en los accidentes de trabajo, algunos más serios que otros, debido entre otras cosas a los cambios tecnológicos o la poca capacitación de los empleados, a la manipulación de materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y en alguna medida por fallas humanas, hacen necesario que toda empresa pueda contar con un manual que sirva de guía para minimizar estos riesgos y establezca el protocolo a seguir en caso de accidentes.
Un programa de salud ocupacional debe contar con los  básicos para cumplir con estos objetivos, los cuales incluyen datos generales de prevención de accidentes, la evaluación  de los empleados, la investigación de los accidentes que ocurran y un programa de entrenamiento y divulgación de las normas para evitarlos.